Consejo Regulador y marco legal

El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Gata-Hurdes es un bien de dominio público, no susceptible de apropiación individual, venta, enajenación o gravamen, cuyo titular es la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Su actual reglamento fue aprobado por Decreto 835/1972, de 23 de marzo, en el Real Decreto 1573/1985, de 1 de agosto, por el que se regulan las denominaciones de origen genéricas y específicas de productos alimentarios, en el Real Decreto 728/1988, de 8 de julio, por el que se establece la normativa a que deben ajustarse las denominaciones de origen, específicas o genéricas de productos agroalimentarios no vínicos y en el Reglamento (CE) 2081/1992, del Consejo de 14 de julio.

 

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